2013 Hawaii Revised StatutesTITLE 17. MOTOR Y OTROS VEHÍCULOS291. Infracciones de tráfico291-3.3 Almacenamiento de un recipiente abierto que contenga licor embriagante o consumo en un mirador escénico.

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HI Rev Stat § 291-3.3 (2013) ¿Qué es esto?

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Intexicación: Txting Whl Drvng. ¿Se ajusta el castigo al delito? 32 UH L. Rev. 359 (2010).

§291-3.3 Almacenamiento de un recipiente abierto que contenga licor embriagante o consumo en un mirador escénico. (a) Ninguna persona mantendrá en un vehículo motorizado, o en un ciclomotor cuando dicho vehículo o ciclomotor esté en cualquier calle, camino o carretera pública o en cualquier mirador escénico, ninguna botella, lata u otro recipiente que contenga cualquier licor embriagante que haya sido abierto, o cuyo sello haya sido roto, o cuyo contenido haya sido removido parcial o totalmente, a menos que dicho recipiente sea guardado en el baúl del vehículo, o guardado en alguna otra área del vehículo no ocupada normalmente por el conductor o los pasajeros, si el vehículo no está equipado con un baúl. Se considerará que la guantera o el lavadero están dentro de la zona ocupada por el conductor y los pasajeros.

(b) Ninguna persona podrá consumir bebidas alcohólicas en ningún mirador escénico.

(c) El subapartado (a) no se aplicará a los vehículos de recreo o de otro tipo que no tengan un compartimento separado en el maletero.

(d) Toda persona que infrinja este apartado será culpable de una infracción.

Notas del caso

Basado en el lenguaje claro de la subsección (b) y §287-3(a), y porque la subsección (b) no describe una «violación en movimiento» que surge de la «operación de un vehículo de motor», el tribunal de distrito ignoró los requisitos legales y abusó de su discreción al determinar que una violación de la subsección (b) fue correctamente incluida como parte del resumen de tráfico del acusado. 123 H. 293 (Ap.), 233 P.3d 713 (2010).

Cuando no había nada en el registro para basar una conclusión de que el acusado renunció intencionalmente a cualquier derecho a impugnar una lista inadecuada de una infracción de la subsección (b) en el resumen del acusado, y no había nada que sugiriera que el resumen de tráfico fue contemplado o debería haber sido contemplado antes de que el acusado admitiera la infracción, o que el acusado tenía conocimiento real o constructivo de que la admisión del acusado podría llevar a que la violación apareciera en el resumen del acusado, el tribunal de distrito abusó de su discreción al concluir que el acusado renunció a sus defensas o derechos relacionados con el resumen. 123 H. 293 (App.), 233 P.3d 713 (2010).

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