Demandas de Alienación de Afecto en NC
Si una demanda de alienación de afecto es presentada en su contra, usted necesita defenderse y buscar los servicios legales de un abogado con experiencia en derecho de familia de Carolina del Norte porque es posible que el demandante recupere un premio significativo como se demuestra en los siguientes tres casos:
(a.) En 2010, un jurado en el condado de Guilford condenó a una amante a pagar 9.000.000 de dólares por daños y perjuicios al cónyuge inocente.
(b.) En 2010, un juez del Tribunal Superior del condado de Pitt que presidió un juicio por alienación de afecto sin jurado, dictó un «veredicto de banquillo» de 5.900.000 dólares a favor del cónyuge inocente.
(c.) En 2011, el juez del Tribunal Superior del condado de Wake dictó un «veredicto de banquillo» de 30.000.000 dólares a favor de la esposa inocente.
Si usted está planeando presentar una demanda contra alguien por alienación de afecto y/o conversación criminal, debe considerar el costo y la posibilidad de ganar un gran veredicto. Sin embargo, vale la pena señalar que si bien estos casos pueden terminar en grandes veredictos, pueden dificultar que usted proceda pacíficamente con su caso de divorcio. También son casos caros de llevar a los tribunales. Usted debe esperar pagar a un abogado un mínimo de $25,000 para procesar o defender un caso de alienación. Estos casos también requieren testigos expertos para testificar los daños. Por último, aunque gane una indemnización importante, es posible que no pueda ejecutarla si el demandado no tiene un patrimonio importante o un salario muy elevado.
§ 52-13. Procedimientos en las causas de acción por enajenación de afecto y conversación delictiva
(a) Ningún acto del demandado dará lugar a una causa de acción por enajenación de afecto o conversación delictiva que se produzca después de que el demandante y el cónyuge del demandante se separen físicamente con la intención del demandante o del cónyuge del demandante de hacer que la separación física siga siendo permanente.
(b) La acción por enajenación de afecto o conversación delictiva no podrá iniciarse transcurridos tres años desde el último acto del demandado que haya dado lugar a la causa de la acción.
(c) Una persona podrá iniciar una causa de acción por enajenación de afecto o conversación delictiva únicamente contra una persona física.