Asociación público-privada

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Asociación público-privada (APP), asociación entre una agencia del gobierno y el sector privado en la entrega de bienes o servicios al público. Las áreas de política pública en las que se han implementado las asociaciones público-privadas (APP) incluyen una amplia gama de servicios sociales, transporte público y servicios medioambientales y de eliminación de residuos.

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inversión pública: Asociaciones público-privadas
En la década de 1990, se introdujeron usos innovadores de la financiación privada para financiar bienes y servicios públicos, denominados asociaciones público-privadas (APP)…

Aunque las APP son un fenómeno antiguo, no fueron estudiadas seriamente por los académicos hasta finales de la década de 1980, cuando empezaron a adoptarse en la administración y gestión pública tanto en los países desarrollados como en los que están en vías de desarrollo. Las APP han sido un tema de controversia política y de debate académico, especialmente en lo que respecta a las ventajas y desventajas de las APP en comparación con los servicios tradicionales gestionados por el gobierno y a la naturaleza de las asociaciones que generan.

En su sentido más básico, una asociación es cualquier negocio o asociación institucional dentro de la cual tiene lugar una actividad conjunta. Una APP existe desde el momento en que una o varias organizaciones públicas acuerdan actuar de forma concertada con una o varias organizaciones privadas. Las APP abarcan las asociaciones del sector público tanto con empresas como con organizaciones de la sociedad civil, incluidas las organizaciones comunitarias, las organizaciones voluntarias y las organizaciones no gubernamentales (ONG).

La asociación que supone una APP no equivale a una simple relación contractual. Aunque las partes implicadas a veces denominan estas relaciones como «asociaciones», no constituyen por sí mismas una auténtica APP, que implica una relación triádica entre la autoridad pública, el socio del sector privado y los miembros del público interesados en el servicio. Una APP es -o debería ser- un acuerdo mutuamente beneficioso dirigido a servir un propósito social.

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Pero también es cierto que una multiplicidad de acuerdos o contratos, de carácter más o menos formal y a veces muy informal, pueden dar lugar a una auténtica asociación. Las formas de asociación más institucionalizadas pueden evolucionar hacia estructuras permanentes formalizadas. En la práctica, la colaboración público-privada tiende a cambiar con el tiempo, ya que la naturaleza de una colaboración es evolucionar y adaptarse a las circunstancias especiales de su ámbito de actuación. En este último aspecto, las culturas y tradiciones políticas tienen un impacto considerable.

Es posible distinguir entre formas de asociación sustitutivas y colaborativas. En la asociación sustitutiva, el socio privado sustituye al organismo público de forma más o menos completa, como ha ocurrido en el sistema francés de externalización de servicios públicos. En la asociación colaborativa, típica de las organizaciones alemanas, cada socio privado tiene una función específica, que viene determinada por la profesión concreta a la que se asocia el socio.

Las APP han sido ampliamente adoptadas. De hecho, en muchos países desarrollados (por ejemplo, Estados Unidos, el Reino Unido, Francia, Italia y los Países Bajos), su uso se ha impuesto a través de la legislación. En Francia, por ejemplo, el concepto de APP es bastante antiguo y, desde la década de 1980, las APP se han aplicado en casi todos los ámbitos de la política pública.

En lo que respecta al ámbito internacional y a los países en desarrollo, las asociaciones entre donantes internacionales y organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) también han aumentado su alcance e importancia. El Banco Mundial ha intentado cooperar con las ONGD como socios, y varios informes y evaluaciones han pedido que se mejoren los procedimientos del Banco Mundial en relación con las asociaciones con las ONGD.

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