Centro de Servicios para Personas en Libertad Condicional

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El PSC es un programa residencial voluntario que proporciona alojamiento, comidas, servicios y recursos de apoyo, programación y supervisión en un entorno seguro, limpio y libre de drogas. El objetivo del PSC es ayudar a los presos en libertad condicional con la formación de habilidades para la vida y la preparación del trabajo con el fin de obtener y mantener la autosuficiencia, la empleabilidad y la reintegración exitosa en la comunidad. El programa ofrece servicios que se centran en las necesidades de los presos en libertad condicional, como el empleo, la búsqueda de empleo y la formación para la colocación, la gestión del estrés, la concienciación sobre las víctimas, la alfabetización con apoyo informático y las habilidades para la vida. La educación sobre el abuso de sustancias y un programa de violencia doméstica certificado de 52 semanas se proporciona a las personas en libertad condicional aplicables.

Localización

Los programas de PSC están localizados en los siguientes condados:

  • Alameda
  • San Francisco
  • San Diego

Duración del programa

La duración del programa es de hasta 180 días con la posibilidad de 185 días adicionales, basado en la necesidad evaluada.

Elegibilidad/Inscripción

Todos los presos en libertad condicional sujetos a la jurisdicción de la División de Operaciones de Libertad Condicional para Adultos (DAPO) son elegibles para la colocación en el PSC. La población de libertad condicional servida bajo el PSC incluye, pero no se limita a:

  • Los presos en libertad condicional activa que han sido referidos por DAPO que necesitan servicios de empleo;
  • Los registrados en el Código Penal (PC) 290 que cumplen con la Ley de Jessica o si el condado donde se encuentran tiene una orden de permanencia de la Ley de Jessica;
  • Los delincuentes de largo plazo que habían sido condenados a cadena perpetua;
  • Los delincuentes graves y violentos (e.g. PC 1192.7 y 667.5).

CDCR considerará la colocación bajo las siguientes circunstancias en una base de caso por caso:

  • Los liberados designados de alta notoriedad;
  • Los liberados requeridos a registrarse según el Código Penal PC 457.1 (Incendio provocado);
  • Los liberados bajo custodia pendientes de cargos por delitos menores locales que podrían resultar en tiempo de cárcel del condado;
  • Los liberados que son identificados como miembros o afiliados del Grupo de Amenaza de Seguridad I del CDCR;
  • Los liberados clasificados como Programa Ambulatorio Mejorado (EOP).

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